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Respuesta del MINEDU sobre solicitud de pago de bonificación por escolaridad a profesores contratados

De mi consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a usted, en atención al documento de la referencia en la cual solicita que se disponga el pago de la bonificación por escolaridad para los profesionales de la educación contratados en instituciones educativas públicas.

Sobre el particular, se precisa lo siguiente:
1.- El numeral 2 dela Quinta Disposición Transitoria del Texto único Ordenado de Ia Ley No 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto supremo No 304-2012-EF, establece que a través de la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público se fija; entre otros conceptos, el monto de la Bonificación por Escolaridad que se otorga a los funcionarios, servidores, obreros, personal sujeto a Carreras reguladas por Leyes específicas, así como a los pensionistas del Sector Público, para lo cual en cada año fiscal será reglamentado mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Descargue el texto completo AQUÍ 


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