Mediante planilla adicional en conformidad a la normatividad vigente.
MINEDU emite Oficio Múltiple N° 027-2017-MINEDU/DIGEDD/DITEN para dicho pago. Se
reitera que no es aumento de sueldo sino pago por las horas extras o adicionales,
no es pensionable.
Mediante
decreto supremo n° 070-2017-mef, publicado el miércoles 29 de marzo de 2017, en
el diario oficial el peruano, fijan la nueva remuneración íntegra mensual–RIM
de profesor de la primera escala magisterial de la carrera pública magisterial
a la que se refiere la ley n° 29944, ley de reforma magisterial.
El
nuevo monto de la remuneración íntegra mensual– RIM por hora de trabajo semanal
- mensual correspondiente a la primera escala magisterial de la carrera pública
magisterial a la que se refiere la ley nº 29944, ley de reforma magisterial,
asciende a S/59,35 (cincuenta y nueve y 35/100 soles).
En tal
sentido, la dirección técnico normativa del ministerio de educación (MINEDU),
mediante oficio n° 027-2017-minedu/ establece precisiones para el incremento de
la remuneración íntegra mensual (RIM), en el sistema único de planillas,
dispuesto por el decreto supremo n° 070-2017-mef, debiéndose reintegrar en el
mes de marzo con planilla adicional y garantizándose el pago de la nueva RIM a
partir del mes de abril de 2017.
Además en dicho oficio se precisa el nuevo ratio y valor hora de la nueva rim según escala magisterial de la 1ra. Hasta la 8va. Escala.
Además en dicho oficio se precisa el nuevo ratio y valor hora de la nueva rim según escala magisterial de la 1ra. Hasta la 8va. Escala.