Aprueban Listado de Locales Escolares que forman parte del Programa de mantenimiento preventivo de la infraestructura de los locales escolares públicos, el mejoramiento de los servicios sanitarios y la adquisición de equipamiento menor, a fin de asegurar su ejecución de manera previa al inicio del año escolar 2018
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA
N° 008-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED
Lima, 19 de enero de 2018
VISTOS:
El Informe N° 034-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM y el Informe N° 48-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; asimismo, el literal i) del artículo 80 de la referida Ley establece como función del Ministerio de Educación, el liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa;
Que, el numeral 41.1 del artículo 41 de la Ley N° 30680, Ley que aprueba medidas para dinamizar la ejecución del gasto público y establece otras disposiciones, autoriza al Ministerio de Educación a financiar las acciones de mantenimiento preventivo de la infraestructura de los locales escolares públicos, el mejoramiento de los servicios sanitarios y la adquisición de equipamiento menor, a fin de asegurar la ejecución del referido mantenimiento de manera previa al inicio del año escolar 2018, hasta por la suma de S/ 149 999 420,00 (Ciento cuarenta y nueve millones novecientos noventa y nueve mil cuatrocientos veinte y 00/100 soles);
Que, el numeral 41.2 del citado artículo establece que el Ministerio de Educación aprobará las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación de lo establecido en el referido artículo, las cuales incluyen los mecanismos para la apertura de cuentas y de devolución ante la no utilización de los recursos, así como el plazo hasta el cual se ejecuta lo dispuesto en el numeral 41.1 del referido artículo; estipula que los montos serán asignados para el mantenimiento y mejoramiento preventivo de la infraestructura de los locales escolares públicos, el mejoramiento de los servicios sanitarios y la adquisición de equipamiento menor, los mismos que serán desembolsados de manera directa, mediante el abono en una cuenta abierta en el Banco de la Nación, a nombre del director de la institución educativa pública, titular o encargado, bajo la modalidad de subvenciones, de conformidad con lo establecido en el numeral 28.2 del artículo 28° de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;
Que, con Resolución Ministerial N° 593-2014-MINEDU, se aprobó la “Norma Técnica que regula la ejecución del Programa Anual de Mantenimiento de Locales Escolares”, en adelante Norma General, con la finalidad de establecer las normas, procedimientos generales, criterios y responsabilidades para la ejecución del referido Programa en las instituciones educativas públicas a nivel nacional;
Que, mediante el numeral 3.5 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 007-2018-MINEDU, se delega en el Secretario General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2018, la emisión de los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de competencia del despacho ministerial, que regulan, entre otros, aspectos de infraestructura, materiales y recursos educativos;
Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 006-2018-MINEDU, se aprobó la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la ejecución del mantenimiento preventivo de la infraestructura de los locales escolares públicos, el mejoramiento de los servicios sanitarios y la adquisición de equipamiento menor, a fin de asegurar su ejecución de manera previa al inicio del año escolar 2018 en el marco de la Ley N° 30680”; estableciendo en el literal A) del numeral 5.1.1 (Etapa de Programación), que el listado será elaborado por la Unidad Gerencial de Mantenimiento y aprobado mediante Resolución Directoral Ejecutiva del PRONIED, en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles de aprobada la Norma Técnica; estableciendo disposiciones específicas, aplicables a las cuatro (4) Etapas del Procedimiento de Mantenimiento de locales educativos, correspondientes a la Programación, Ejecución, Evaluación y Procesos Transversales;
Que, con Informe Nº 034-2018-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGM de la Unidad Gerencial de Mantenimiento se solicita a la Dirección Ejecutiva del PRONIED, la aprobación del Listado de Locales Escolares que forman parte del Programa de mantenimiento preventivo de la infraestructura de los locales escolares públicos, el mejoramiento de los servicios sanitarios y la adquisición de equipamiento menor, a fin de asegurar su ejecución de manera previa al inicio del año escolar 2018 en el marco de la Ley N° 30680, a fin de materializar la asignación de recursos a favor de 13,002 locales escolares;
Que, a través del Informe N° 48-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ la Oficina de Asesoría Jurídica del PRONIED, señala que la propuesta del Listado de Locales Escolares que forman parte del Programa de mantenimiento preventivo de la infraestructura de los locales escolares públicos, el mejoramiento de los servicios sanitarios y la adquisición de equipamiento menor, a fin de asegurar su ejecución de manera previa al inicio del año escolar 2018 en el marco de la Ley N° 30680, permitirá materializar la asignación de los recursos económicos para la ejecución de dicho Programa a través de la Instituciones Educativas señaladas en el listado propuesto, asignadas al Director de la Institución educativa pública, titular o encargado; en tal sentido, recomienda la aprobación de dicho Listado propuesto por la Unidad Gerencial de Mantenimiento, vía Resolución Directoral Ejecutiva del PRONIED, en virtud a lo señalado en la citada Resolución de Secretaría General del Ministerio de Educación concordante con la Ley N° 30680;
Que, por lo expuesto, resulta necesario aprobar el Listado de Locales Escolares que forman parte del Programa de mantenimiento preventivo de la infraestructura de los locales escolares públicos, el mejoramiento de los servicios sanitarios y la adquisición de equipamiento menor, a fin de asegurar su ejecución de manera previa al inicio del año escolar 2018 en el marco de la Ley N° 30680”, que serán beneficiados con la entrega de recursos conforme a la distribución de montos asignados a cada local escolar en el marco de la ejecución del referido Programa;
Con el visado de la Unidad Gerencial de Mantenimiento y de la Oficina de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED; de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28044, la Ley General de Educación; Ley N° 30680, la Ley que aprueba medidas para dinamizar la ejecución del gasto público y establece otras disposiciones; el Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU, que creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED y el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED aprobado por Resolución Ministerial N° 034-2016-MINEDU, modificado con Resolución Ministerial N° 341-2017-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Listado de Locales Escolares que forman parte del Programa de mantenimiento preventivo de la infraestructura de los locales escolares públicos, el mejoramiento de los servicios sanitarios y la adquisición de equipamiento menor, a fin de asegurar su ejecución de manera previa al inicio del año escolar 2018 en el marco de la Ley N° 30680, el mismo que como Anexo forma parte de la presente resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (www.pronied.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIO GILBERTO RÍOS ESPINOZA
Director Ejecutivo
Programa Nacional de Infraestructura Educativa
Fuente: Diario El Peruano.